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La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) ha implementado una medida para todas aquellas personas que requieran vida para su ingreso a México, también deberán tenerla consigo incluso cuando el país solamente funcione como escala previa a otro destino. Esto a partir del pasado 22 de octubre.

Las personas extranjeras cuyas nacionalidades requieran de visa para viajar a México, deben portar la visa correspondiente, aun cuando realicen tránsito inmediato a través de aeropuertos”, apunta el comunicado que fue publicado el pasado 21 de octubre. Esto conforme al artículo 37 de la Ley de Migración.

Información para personas extranjeras en tránsito por México.https://t.co/ZGmyLuxmsa pic.twitter.com/M2W4rpfvTB

— Relaciones Exteriores (@SRE_mx) October 21, 2023

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Asimismo, el documento de la SRE subraya que la “disposición resulta también aplicable a las personas extranjeras que pretenden realizar tránsito por aeropuertos internacionales mexicanos, quienes deberán contar con visa de “visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas“”. 

Como se mencionó en un principio, esta medida se encuentra vigente desde el pasado 22 de octubre, así pues, “las personas extranjeras que pretendan transitar y hacer conexiones por aeropuertos mexicanos, deberán portar la visa correspondiente antes de la salida en su país de origen, para poder abordar cualquier vuelo con destino a México”.

Finalmente, las personas extranjeras que no requerirán visa serán aquellas “que viajen a territorio mexicano al amparo de las medidas de facilitación migratoria previstas en el artículo 26 de los Lineamientos para trámites y procedimientos migratorios”. Por ejemplo: personas portadoras de un documento que acredite su residencia permanente en países como Canadá, Estados Unidos, Japón, entre otros; tampoco personas portadoras de una visa válida y vigente para los mismos países antes mencionados, así como también el Reino Unido o alguno de los países que integran el Espacio de Schengen.

DG

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