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Tras 52 años de rezago, se renovó la tabla de enfermedades de trabajo y las que pueden ser consideradas para obtener una incapacidad permanente.

Se incorporaron 88 nuevos padecimientos que serán considerados como enfermedades adquiridas o ocasionadas en el trabajo entre las que se encuentran el estrés agudo, Covid-19 y la pérdida de un embarazo.

Además serán reconocidos padecimientos psicosociales, ansiedad y algunas específicas de la mujer como la endometriosis. Asimismo, se amplió el espectro de cánceres de origen laboral, que fue de 4 a 30, y las enfermedades por intoxicaciones, de 36 a 46.

La Secretaría del Trabajo celebró la aprobación en el Congreso de la Unión de la actualización de las Tablas de Enfermedades de Trabajo y la de Valuación de Incapacidades Permanentes que tienen por objetivo establecer un marco legal renovado.

Detalló que “este es un logro sin precedentes es el resultado de un esfuerzo conjunto y meticuloso entre el Gobierno de México, expertos en salud en el trabajo del país y representantes de las y los trabajadores y las y los empleadores.

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La STPS, explicó, que en el marco de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (COCONASST), coordinó los trabajos tripartitos de revisión y actualización de la Ley Federal del Trabajo, asegurando que las nuevas tablas estén en sintonía con los avances científicos a nivel mundial.

Participaron en la actualización de la nueva norma cerca de 50 especialistas del IMSS, peritos de la Junta de Conciliación y Arbitraje y diversos analistas del sector salud así como legisladores.

 

 

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