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El coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Rubén Moreira, y el diputado federal Marco Antonio Mendoza, también del tricolor, presentaron una iniciativa para regular a las casas encuestadoras que participan en las mediciones de los procesos electorales y sean revisadas en cuanto a su metodología y la transparencia de sus ingresos.

La propuesta es crear un registro nacional de personas físicas o morales que quieran participar en el proceso electoral a través del levantamiento y publicación de encuestas o sondeos de opinión.

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La iniciativa modificaría la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General en Materia de Delitos Electorales para que el Instituto Nacional Electoral (INE) cree, administre y actualice el Registro Nacional de Encuestas y Sondeos Públicos que funcionará como un ente regulador de las personas físicas o morales que deseen participar en la elaboración de Encuestas y Sondeos Públicos.

La habilitación de este Registro Nacional se dará 30 días antes del inicio de las precampañas y finalizará 15 días después de cada elección federal o local.

“Solo podrán emitir encuestas y sondeos, aquellas personas físicas y morales que previamente se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Encuestas y Sondeos Públicos…

“Las personas físicas o morales que no se hayan registrado durante el plazo correspondiente, no podrán publicar por ningún medio de comunicación encuestas o sondeos de opinión. Hacer caso omiso a lo anterior, se estará a lo que dispone la Ley General en Materia de Delitos Electorales”, señala la propuesta del PRI.

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El Registro Nacional que se crearía revisará, aprobará y supervisará las metodologías utilizadas en la realización de encuestas y sondeos públicos, lo que incluye evaluar la representatividad, precisión y fiabilidad de las técnicas estadísticas y muestrales empleadas; validar las fuentes de financiamiento de las encuestas y sondeos públicos y dar vista a las autoridades competentes para la aplicación de sanciones y medidas en caso de que las encuestas o sondeos sean falsos o infrinjan las normativas establecidas, entre otras atribuciones.

En cuanto a las sanciones, se impondrán de 50 a 100 días de multa y prisión de seis meses a tres años, a quien publique encuestas o sondeos de opinión, sin estar inscrito en el Registro Nacional de Encuestas y Sondeos de Opinión o, estando inscritos, su metodología y financiamiento no se encuentren conforme a Derecho.

LEO

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