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Por Pedro Linares Manuel

La entidad y la Sustancia económica

En el mundo contable y fiscal, comprender bien la naturaleza de la empresa y su realidad económica es esencial. La entidad económica implica que una empresa, sea persona física o moral, es independiente de quien la posee.

La sustancia económica, a su vez, nos recuerda que lo que cuenta no es solo la forma legal de una operación, sino lo que realmente representa. Esto nos guía a registrar lo que sucede en esencia, no lo que conviene aparentar.

EN ESTE CONTEXTO, LAS PERSONAS FÍSICAS PUEDEN TRIBUTAR EN:

• Sueldos y Salarios: Para quienes prestan servicios subordinados. No realizan actividad empresarial.

• RESICO: Para actividades empresariales, profesionales o arrendamiento. Límite: hasta $3.5 millones anuales.

• Actividades Empresariales y Profesionales: Sin límite de ingresos.

• Arrendamiento: Para renta de inmuebles.

• RIF (en extinción): Límite: $2 millones anuales.

LAS PERSONAS MORALES SE CLASIFICAN EN:

• Régimen General de Ley: Sin límite de ingresos.

• RESICO Personas Morales: Hasta $35 millones anuales.

• Con fines no lucrativos: Asociaciones civiles o religiosas.

ESTRATEGIA FISCAL RECOMENDADA:

Identifica correctamente tu régimen y asegúrate de que tus operaciones reflejen la realidad económica.

Si eres persona física y tus ingresos aún están dentro del rango permitido, puedes aprovechar los beneficios del RESICO, que ofrece tasas preferenciales y simplificación administrativa.

Pero ojo: si realizas operaciones fuera de tu régimen real, corres el riesgo de ser reclasificado y multado.

Tributar conforme a lo que realmente somos fortalece la confianza con la autoridad y refleja congruencia con nuestros principios contables. Tener todo en orden, también es una estrategia fiscal.

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