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El jefe de Gobierno, Martí Batres presentó la Licencia Ambiental Única que será indispensable para comercios, servicios e industrias en la Ciudad de México, esto como parte de la Reforma de Simplificación Administrativa para Apertura y Operación de Negocios.

“Los establecimientos pueden cumplir de una manera veloz sus obligaciones ambientales, obligaciones que mantienen, pero tenemos 50 por ciento menos de trámites, 40 por ciento menos de requisitos y todos estos se realizan de manera digital”, expresó.

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En conferencia, el mandatario capitalino recordó que la reforma involucró modificaciones a cinco leyes: Ley de establecimientos Mercantiles, Ley Ambiental de Protección a la Tierra, Ley de Desarrollo Urbano; Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil; y Ley del Derecho al Acceso, Disposición y Saneamiento del Agua.

El director general de la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP), Eduardo Clark, recordó que el trámite se realizaba de manera presencial y requería de la aprobación de la Secretaría del Medio Ambiente y ahora será totalmente digital.

Por esto, los negocios podrán operar una vez que llenen la Manifestación Ambiental Única en el portal www.mau.sedema.cdmx.gob.mx, dijo.

“Es un trámite que en algunos casos llevaba entre seis meses y un año para ser aprobado (…) y SEDEMA, conforme va pasando el tiempo, (…) puede ir verificando esas condiciones que puso el negocio”, mencionó.

Asimismo, Clark indicó que la digitalización beneficiará a alrededor de 6 mil establecimientos nuevos al año, y promoverá la apertura de negocios, además de reducir la carga administrativa y documental para la SEDEMA.

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Por su parte, el director de Regulación y Registros Ambientales de la SEDEMA, Rogelio Jiménez, afirmó que la Licencia Ambiental Única, hoy Manifestación es una fuente de información indispensable para la ciudad, que permite entender el comportamiento de servicios, comercios e industrias en materia ambiental, por lo que resulta indispensable actualizarla.

Cabe mencionar que, la SEDEMA tendrá un plazo de 20 días hábiles para emitir la Resolución en la cual se establecerán las obligaciones ambientales a las que queda sujeto el comercio de acuerdo con su actividad y capacidad. Dispondrá si procede presentar el aviso de desempeño ambiental de manera anual, así como si considera necesario realizar visitas de verificación.

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