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El diputado federal Sergio Gutiérrez Luna (Morena) anunció en un mensaje en su cuenta de “X” que presentó, junto con legisladores de su bancada, la solicitud de juicio político y la denuncia penal contra la jueza Martha Eugenia Magaña López y el juez Felipe V. Consuelo Soto.

Los juzgadores emitieron suspensiones provisionales a la reforma judicial, una de ellas ordena detener el trámite emitido por la Comisión de Puntos Constitucionales y la otra prohíbe enviarlo a las legislaturas legales.

“Diputadas y diputados federales de Morena hemos presentado 𝐣𝐮𝐢𝐜𝐢𝐨 𝐩𝐨𝐥𝐢́𝐭𝐢𝐜𝐨 y denuncia penal contra la jueza Martha Eugenia Magaña López y el juez Felipe V. Consuelo Soto por su burda invasión de incompetencia. ¡𝐋𝐚 𝐑𝐞𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚 𝐚𝐥 𝐏𝐨𝐝𝐞𝐫 𝐉𝐮𝐝𝐢𝐜𝐢𝐚𝐥 𝐧𝐚𝐝𝐢𝐞 𝐥𝐚 𝐯𝐚 𝐚 𝐩𝐚𝐫𝐚𝐫!”, escribió el legislador en su cuenta de “X”.

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Diputadas y diputados federales de Morena hemos presentado 𝐣𝐮𝐢𝐜𝐢𝐨 𝐩𝐨𝐥𝐢́𝐭𝐢𝐜𝐨 y denuncia penal contra la jueza Martha Eugenia Magaña López y el juez Felipe V. Consuelo Soto por su burda invasión de incompetencia. ¡𝐋𝐚 𝐑𝐞𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚 𝐚𝐥 𝐏𝐨𝐝𝐞𝐫 𝐉𝐮𝐝𝐢𝐜𝐢𝐚𝐥… pic.twitter.com/hZzd4zXMr5

— Sergio Gutz. Luna (@Sergeluna_S) September 2, 2024

Además de las acciones emprendidas por Gutiérrez Luna, el coordinador de Morena en San Lázaro, Ricardo Monreal, dijo que también se contemplaba presentar una queja contra ambos juzgadores en el Consejo de la Judicatura Federal.

En el Pleno, el líder morenista dijo que las órdenes de los jueces federales son improcedentes porque se viola la Constitución flagrantemente.

Además, explicó que el artículo 65 de la Ley de Amparo determina que en caso de reformas a la Constitución el juicio de amparo es improcedente, en tanto que el artículo 39 de la Constitución establece que el pueblo puede darse el sistema de Gobierno que decida y ese derecho es inalienable.

“Además, el artículo 135 de la Carta Magna fija un mecanismo para lograr adiciones y reformas a la misma, en el argot del derecho se le conoce como el poder reformador de la Constitución y éste fue otorgado por la ciudadanía en las urnas: Ese Poder constituyente lo ejercemos la mayoría calificada de esta asamblea.

“No nos podemos someter a la tiranía de la toga y el birrete, no podemos hacerlo porque no son órganos competentes”, apuntó.

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Agregó que, cuando en un juicio de amparo se intente reclamar alguna adición o reforma a la Constitución respecto a su contenido, se aplica la causal de improcedencia prevista en propia la Ley de Amparo, “lo que da lugar, subrayo, a desechar de plano la demanda desde la auto inicial”.

LEO

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