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Otorgado por las Afores y por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) los trabajadores que se hayan quedado sin trabajo tienen derecho a solicitar un retiro por desempleo, este se lleva a cabo de manera parcial y está disponible en dos modalidades dependiendo la situación en la que se encuentre el solicitante.

De acuerdo con la información revelada por el propio IMSS, este es un trámite sencillo, pues tiene una duración aproximada de 15 días hábiles para obtener respuesta, por lo que es necesario cumplir con ciertos requisitos, así como llevar documentación en específico.

¿Cómo tramitar el retiro por desempleo?

Según el portal para realizar el trámite del Retiro Parcial por Desempleo IMSS, existen dos modalidades por las cuales el trabajador puede solicitar un retiro parcial por desempleo de su cuenta Afore.

Modalidad A: 30 días de su último Salario Base de Cotización con un límite de 10 veces el salario mínimo mensual general que rija en la Ciudad de México.

Modalidad B: Lo que resulte menor entre 90 días del Salario Base de Cotización del Trabajador de las últimas 250 semanas o el 11.5 % de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV).

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Después de definir la situación en la que se encuentra el trabajador, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

Tener al menos 46 días en situación de desempleo.
Tener una Cuenta Individual registrada en una Afore.
No haber ejercido este derecho durante los 5 años anteriores al trámite.
Contar con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado y con un Enrolamiento Biométrico que será generado por la Afore con información del Trabajador.
Identificación oficial.
Comprobante de domicilio.
Número del seguro social
Solicitud de disposición de recursos por Retiro parcial por desempleo debidamente llenada y firmada, misma que será proporcionada por la Afore.
Estado de cuenta bancario a nombre del Trabajador con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)
Captura de sus huellas digitales.

Para ejercer la Modalidad A, el Trabajador deberá tener una Cuenta Individual con al menos tres años de haber sido abierta y un mínimo de doce bimestres de cotización acreditados en dicha cuenta.

Para ejercer la Modalidad B, el Trabajador deberá tener una Cuenta Individual con 5 años o más de haber sido aperturada. Una vez con toda esta documentación a la mano, el trabajador deberá acudir a su unidad correspondiente para ingresar la solicitud de retiro parcial por desempleo.

Una vez aprobada tanto por el IMSS como por la Afore correspondiente, iniciará el pago por desempleo, es necesario aclarar que el IMSS efectuará un descuento de semanas cotizadas que será proporcional al monto de los recursos retirados.

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— IMSS Digital (@imssdigital) June 4, 2024

MC

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