Redacción
El aguinaldo 2025 se mantiene como una de las prestaciones laborales más importantes para las personas trabajadoras en México y su entrega se encuentra claramente regulada por la Ley Federal del Trabajo. De acuerdo con el artículo 87, las y los patrones están obligados a realizar este pago a más tardar el 20 de diciembre, sin excepciones por tipo de empresa o modalidad de contratación formal. Esa fecha funciona como límite legal para que quienes laboran bajo subordinación reciban esta prestación anual.
El monto mínimo del aguinaldo equivale a 15 días de salario cuando la persona trabajadora cumplió el año completo de servicios. Si no laboró los 12 meses, la prestación se calcula de manera proporcional al tiempo trabajado. Por ejemplo, quien prestó sus servicios durante seis meses obtiene la mitad de esos 15 días, con base en su salario diario integrado y los días efectivamente laborados en el periodo correspondiente.
El derecho al aguinaldo abarca prácticamente a todas las figuras laborales reconocidas en la ley. Lo reciben trabajadores de base o de planta, personal eventual, de confianza, sindicalizado, por obra o tiempo determinado, por temporada, a prueba o en capacitación inicial, así como comisionistas, agentes de comercio, de seguros o vendedores que laboran bajo subordinación. También se incluye a quienes renunciaron o fueron despedidos durante el año, quienes deben recibir la parte proporcional correspondiente al tiempo que estuvieron en la empresa.
En el caso de las personas contratadas por honorarios, la clave es la existencia de subordinación: cuando hay horarios, supervisión directa y cumplimiento de instrucciones propias de una relación laboral, la autoridad puede considerar que existe vínculo de trabajo y, por tanto, derecho a aguinaldo. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) reitera que esta prestación es independiente de otras como primas, bonos o gratificaciones adicionales.
El aguinaldo debe pagarse en dinero, ya sea en efectivo, transferencia bancaria o depósito en tarjeta, sin descuentos por comisiones o costos financieros. No es válido sustituirlo únicamente con vales, productos, servicios u otros beneficios en especie si no existe el respaldo equivalente en efectivo. Cualquier forma de pago que reduzca el monto real que le corresponde a la persona trabajadora incumple con lo establecido por la Profedet y la legislación laboral.
Si el aguinaldo no se paga o se entrega de forma incompleta, la omisión se considera una falta grave del empleador. Las y los trabajadores pueden presentar quejas o denuncias ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, los Tribunales Laborales o el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. El plazo para reclamar es de hasta un año a partir del 20 de diciembre y las sanciones para las empresas que incumplen van de 50 a 500 Unidades de Medida y Actualización, lo que puede traducirse en multas superiores a 50 mil pesos, según el valor vigente.
Para el sector público federal, el aguinaldo tiene reglas específicas. Un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación establece que algunas personas servidoras públicas recibirán un aguinaldo de 40 días de salario. Este beneficio aplica para personal operativo y de confianza de las dependencias del Gobierno de México, personal de enlace y mando, militares en activo, personas contratadas por ciertos honorarios, pensionistas y deudos, entre otros supuestos definidos en la norma administrativa.
Sin embargo, no todas las personas con relación económica con el gobierno acceden al aguinaldo de 40 días. Quedan excluidas, por ejemplo, algunas contrataciones por honorarios especiales y figuras previstas en convenios específicos de coordinación técnica, de acuerdo con lo dispuesto en el propio decreto. En estos casos, el aguinaldo que se reciba (si corresponde) se rige por lo previsto en la Ley Federal del Trabajo u otras disposiciones aplicables.
