La Cámara de Diputados avaló en lo general la Ley Federal de Derechos, una de las cuatro reformas que contempla la miscelánea fiscal 2026. El dictamen incluye diversas modificaciones en cobro de bienes y servicios que presta el Estado, en materia migratoria se ajustaron las cuotas de los derechos por el acceso a los museos, monumentos, sitios y zonas arqueológicas.
Así como la prestación de los servicios en materia sanitaria, aeronáutica, fitosanitaria y zoosanitaria.
Con 355 votos a favor y 132 votos en contra, el Pleno de San Lázaro avaló el dictamen, por lo que continúa su discusión en lo particular con la presentación de reservas..
El dictamen establece el cobro en política migratoria, ajustaron las cuotas con el 14.2% para visitantes sin permiso de trabajo, 100% para residentes temporales permanentes y descuento del 50% para ciertos casos, unidad familiar, oferta de empleo nacional, invitaciones culturales.
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En el sector financiero, en la adecuación y la regulación y control de los servicios que proporciona la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a las entidades financieras, reforman los derechos por el estudio y trámite de cualquier solicitud de inscripción de valores, la inscripción en sí y por la supervisión de las emisoras simplificadas que inscriban sus valores en el Registro Nacional de Valores.
Ley Federal de Derechos no “impactará” en la economía de los nacionales
El artículo 288 de la Ley Federal de Derechos, destacaron que no “impactará” en la economía de los nacionales ni se desaliente la visita a estos recintos, establece un descuento en el pago de derechos por el ingreso a los recintos, pero las personas nacionales y las extranjeras residentes en el país, siempre que acrediten su nacionalidad o residencia, respectivamente.
Las personas nacionales y las extranjeras residentes en el país, que acrediten su nacionalidad y residencia, respectivamente, tendrán una reducción de derechos, de conformidad con lo siguiente: Categoría I el 50% Categoría II el 45% Categoría III el 45%. Cuando se trate del pago del derecho previsto en el párrafo anterior, después del horario normal de operación se pagará la cuota de $731.84 pesos.
A su vez, modificaron el segundo párrafo de la fracción I del artículo 29-A de la Ley Federal de Derechos, con la finalidad de exentar a las emisoras simplificadas del pago de derechos por el estudio y trámite de las solicitudes de inscripción en el Registro Nacional de Valores.
Con ello, permiten que el régimen de inscripción simplificada funcione eficazmente y facilite el acceso al financiamiento a las pequeñas y medianas empresas en nuestro país.
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Establecen norma habilitante que permita el otorgamiento de descuentos a concesionarios
El artículo 83 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, establecieron una norma habilitante que permita el otorgamiento de descuentos a concesionarios de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico a que se refiere la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, los cuales serán determinados mediante disposiciones de carácter general que emita y publique la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en concordancia con la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones.
La Ley Federal de Derechos modificó el pago de derechos por la solicitud, análisis y, en su caso, expedición del permiso para la prestación de servicios de turismo náutico, en el que se incluya hasta cinco embarcaciones de recreo o deportivas tales como motos acuáticas, kayaks, botes de remos y otras embarcaciones de hasta 3 metros de eslora, a fin de ampliar la longitud de “3 metros de eslora” a “5 metros de eslora”. Lo anterior, considerando que, a partir del año 2022, la Secretaría de Marina ha recibido quejas de operadores y de diversas navieras por limitar hasta 3 metros de eslora la expedición del permiso.