El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la reforma que presentó Ricardo Monreal, coordinador de los legisladores guindas, para obligar a los proveedores de plataformas digitales a establecer mecanismos de cancelación de servicios y membresías de manera inmediata.
Con 438 votos a favor en lo general y en lo particular, se aprobó el proyecto de decreto que adiciona las fracciones VII y IX al artículo 76 bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor y pasó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
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El presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados argumentó en el pleno de San Lázaro, que al cancelar las suscripciones a las plataformas digitales es “imposible” ya sea de manera telefónica de entretenimiento, música, videojuegos, es un “calvario”.
“Y a pesar de que tú ya no vivas en el domicilio o hayas expresado en múltiples ocasiones tu deseo de cancelar, es imposible. Te siguen cobrando en tu tarjeta de crédito el servicio que no recibes. En todo el mundo, atendiendo al derecho comparado, existe protección al consumidor”, externó.
Explicó que su iniciativa, se trata de dos fracciones de un artículo a la Ley Federal del Consumidor que plantea en materia de cancelación de suscripción y membresía con cobro recurrente puedan, con un clic, cancelarse.
“Yo soy víctima de esos servicios. Es más, creo que estoy en buró de crédito por eso. Resulta que rentaba un departamento, luego solicité que se cancelara mi suscripción en un canal de entretenimiento. Me pidieron que fuera personalmente a hacerlo porque no aceptan cartas poder”, manifestó.
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A su vez, la iniciativa destacó que existen prácticas que lesionan la esfera jurídica de las personas contratantes de servicios, suscripciones y membresías de cobros recurrentes.
Asimismo, cuando alguna persona haya contratado algún servicio que implique el cobro automático recurrente, el proveedor del servicio deberá notificar a la persona consumidora, con al menos cinco días naturales de anticipación, la renovación automática del servicio, ello permitiendo realizar el trámite de cancelación, en caso de así decidirlo, con anticipación al cobro.
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Planteó adicionar una fracción con el objeto de establecer la obligación para el proveedor de tener un mecanismo que, sin contravenir a las disposiciones contractuales que dan origen a la relación, permite la cancelación inmediata de los servicios contratados.
“La propuesta que aquí se plantea, responde a la necesidad urgente de actualizar el marco legal vigente, garantizando que las personas consumidoras cuenten con herramientas claras para exigir sus derechos, especialmente en contextos de contratación y cancelación electrónica de suscripciones, membresías y servicios automatizados”, dice la iniciativa.