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La ministra Lenia Batres se lanzó en contra el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), dirigido por Santiago Nieto, por negarle el registro de ‘Ministra del Pueblo’.

Recordó que presentó un recurso de revisión, por lo que la resolución negativa la calificó de “arbitraria, injustificada y absolutamente ajena a las facultades del IMPI”.

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De acuerdo con la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI), dijo que para obtener este registro solo debe presentarse una solicitud ante el Instituto, que incluya el nombre, domicilio y correo electrónico de la persona solicitante, la denominación que se busca proteger y el pago de derechos respectivo. La condición para su registro es que no existan denominaciones similares previamente registradas.

Foto: Cuartoscuro | Lenia Batres se lanzó en contra el IMPI por negarle el registro de ‘Ministra del Pueblo’.  

IMPI tenía obligación de otorgar el registro de ‘Ministra del Pueblo’: Lenia Batres

La ministra Lenia Batres aseguró que presentó su solicitud en los términos legales con el objeto de proteger y seguir utilizando como signo distintivo de sus actividades y el seudónimo la denominación “Ministra del Pueblo” con el que se ha identificado. Puesto que el IMPI no tenía registrada previamente ninguna denominación similar, debió de haberse otorgado.

El IMPI, insistió, tenía la obligación de otorgar el registro pues su contenido no es contrario al orden público ni contraviene disposición legal alguna.

La denominación propuesta no puede ser objeto de derecho al uso exclusivo para su explotación, ya que prohibiría a los demás prestadores de los mismos servicios el señalar que quien los presta son personas que tienen la misma condición de ser ministros o ministras y que fueron elegidos o provienen por una decisión del pueblo, es decir, se generaría una afectación indebida a los y las otras ocho integrantes de la SCJN, sin ninguna justificación jurídica que también cumplen los requisitos de ser ministro”, indica la resolución.

Los argumentos que utilizó el IMPI para negar el registro no se encuentran considerados en la Ley. Indebidamente, la autoridad mezcló conceptos como “productos”, “servicios”, “consumidores”, “marca”, con cargos públicos y su duración, criterio absolutamente distinto que el que aplicó al autorizar antes registros como: “Máynez Presidente México”, “Yunes mi Senador”, “Diputado en línea” e incluso “Presidente” (a una conocida bebida), marcas que se encuentran vigentes.

El IMPI negó a Lenia Batres el registro de la marca “Ministra del Pueblo”, al considerar que otorgarle su uso exclusivo generaría un privilegio injustificado, afectaría a los otros ocho integrantes de la SCJN y constituiría un acto de competencia desleal, pues todos fueron… pic.twitter.com/WUpdvF5Ihw

— OSCAR MARIO BETETA (@MarioBeteta) August 21, 2025

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‘Ministra del Pueblo’ puede confundirse con un cargo público: IMPI

De manera errónea, consideró que el IMPI sostiene que “Ministra del Pueblopuede confundirse con un cargo público, cuando éste no existe como tal ni puede inferirse que se preste a confusión.

“Tan es así, que ninguno, ninguna, de las personas juzgadoras que ocuparán el cargo de ministro o ministra (en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que es el único cargo que se le asemeja a la denominación ahora rechazada) se ha identificado como tal, pero incluso en ese caso, donde el nombre de algún cargo era idéntico a una marca con solicitud de registro, el IMPI no negó la autorización correspondiente ni la ha revocado”.

Manifestó que “el criterio del Instituto excede sus facultades al utilizar en el caso argumentos que no tienen fundamento legal, sino que derivan de intenciones políticas restrictivas de los derechos marcarios de Lenia Batres como persona, pues se trata de la denominación con la que se le conoce en el ámbito público, profesional y social”.

La ministra Lenia Batres analiza si interpondrá el juicio contencioso administrativo para buscar la nulidad de esta arbitraria resolución.

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