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Epigenética ‘Superman’ y el migrante bueno

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revirtió el amparo que un juez le había otorgado al diputado federal, Ricardo Monreal Ávila, que obligaba a la gobernadora, Layda Sansores San Román, remover del programa El Martes del Jaguar, del 25 de octubre de 2022, un audio.

Dicha conversación privada era entre el legislador y el líder nacional del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Alejandro Moreno Cárdenas.

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Foto: Cuartoscuro | La SCJN revirtió el amparo que un juez le había otorgado al diputado Ricardo Monreal.  

La primera sala de la SCJN determinó que no se puede censurar previamente a la jefa del Ejecutivo de Campeche, pues la información es de interés público, en la cual se desprende posibles actos de corrupción de Monreal Ávila.

Asimismo, la Corte declaró fundado el agravio de Sansores San Román basándose en un criterio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el cual debe preservarse la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información de los ciudadanos.

#EnVivo | Sesión de Primera Sala de la #SCJN, 9 de julio de 2025https://t.co/KaAr92Y82O

— Suprema Corte (@SCJN) July 9, 2025

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Con este fallo se establece un nuevo estándar para verificar si las expresiones de funcionarios públicos en contra de un homólogo merecen “protección constitucional”.

La única protección constitucional que mantiene Monreal Ávila es que se bajen de las plataformas digitales oficiales las ediciones del Martes del Jaguar en las que se difundieron las conversaciones que sostuvo con Moreno Cárdenas.

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