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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutió este miércoles tres asuntos de amparos, cuya votación resultó en empate, por lo que los casos quedaron en suspenso.

En la totalidad de asuntos, se acordó dejar en lista su resolución, a la espera de que un ministro asignado a la Primera Sala acuda a votar para quitar el desempate.

A la Segunda Sala solo le queda una sesión que se llevará a cabo el próximo 6 de agosto, por lo que de no resolverse esos amparos se dejarían para que el Pleno de la nueva Suprema Corte, integrada por los ministros electos, los resuelva a partir del 1 de septiembre.

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Uno de los casos que quedaron en suspenso es el amparo a la empresa Pegaso, que controla la telefónica móvil, en la que se disputa pagos de impuestos por más de 4 mil 400 millones de pesos.

En la sesión pasada, la ministra Lenia Batres faltó de manera deliberada a la Segunda Sala para evitar que se discutiera el asunto relacionado con la telefónica y esta sesión se votó un empate, por lo que se acordó llamar a un ministro de la Primera Sala para el desempate.

Lorenzo Córdova saldría de los libros de SEP

También quedó en empate el caso en el que el ministro de la SCJN Javier Laynez Potisek propuso otro de los amparos para Lorenzo Córdova para ordenar a la SEP que se borre de los libros de texto el señalamiento de que el expresidente del INE se mofó de los Pueblos Indígenas.

De acuerdo con el proyecto, las autoridades educativas deben dejar de imprimir los libros de texto de Proyectos Comunitarios, de sexto grado de primaria, con el extracto de la página 246 en el que hay un señalamiento directo al exconsejero electoral.

El proyecto de sentencia, en caso de aprobarse, ordenaría a la SEP que “se abstengan de continuar con la distribución del libro Proyectos Comunitarios de sexto grado de primaria para los ciclos escolares 2023-2024 y 2024-2025 y, en su caso, se suprima la mención que motivó la presente concesión en posteriores ediciones”.

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Otro de los casos que quedó en suspenso es un proyecto que propone emitir un amparo contra las reformas que adicionan y derogan disposiciones de la Ley Minera, de la Ley de Aguas Nacionales, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General para la Intervención y Gestión Integral de los Residuos en Materia de Concesiones para Minería y Agua.

En concreto, se pretendía desechar las quejas del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas y la Presidencia de la República para que siga vigente el quinto transitorio de la reforma que señala que “en tanto se emite la normativa señalada, se seguirán aplicando las disposiciones que se encontraban vigentes antes de la entrada en vigor del presente Decreto, siempre que no se opongan a éste y que las solicitudes en trámite de nueva concesión de exploración y explotación se desecharán sin mayor trámite, en virtud de lo dispuesto por el presente Decreto”.

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