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Entregan constancia de jueza electa a la abogada de El Chapo Indicadores Financieros | 20 de junio 2025

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió hoy amparar a una empresa de reparto de alimentos por aplicación contra el cobro de 2% por servicios, decretados por el Gobierno de la Ciudad de México.

Durante la sesión de este miércoles, previo a que se declarara la falta de quórum por la inasistencia de la ministra Lenia Batres, se convocó de manera extraordinaria a la ministra Ana Ríos Farjat para votar solo ese asunto, debido a que antes ya se había resuelto en empate.

La SCJN detalló que empresa que ofrece servicios de entrega por app, como comida, víveres o paquetes se amparó contra un cobro del 2% que el gobierno de la Ciudad de México fijó en el artículo 307 TER del Código Fiscal local.

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Se trata de empresas como Didi o Uber Eats y un juzgado federal ya había otorgado el amparo, pero el Gobierno de la Ciudad de México impugnó y argumentó que se trataba de un “aprovechamiento” por el uso de calles y vialidades.

El asunto llegó al máximo Tribunal de este país y este miércoles se resolvió en definitiva al negarse el amparo a la Ciudad de México y determinar que el cobro de 2% no es aprovechamiento, sino impuesto.

La Segunda Sala determinó que el Congreso local no tiene facultades para legislar sobre comercio electrónico ni imponer este tipo de contribuciones.

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