Un juez federal designado por Donald Trump resolvió que la Ley de Enemigos Extranjeros, una norma del siglo XVIII, no se puede utilizar para deportar a ciudadanos venezolanos señalados por la administración del presidente republicano como integrantes del grupo criminal Tren de Aragua.
Iniciativa de Trump no tiene efecto
El juez Fernando Rodríguez Jr., del Distrito Sur de Texas, sostuvo que la proclamación presidencial del 15 de marzo —con la que se intentó justificar la expulsión inmediata de los migrantes— excede el alcance legal de dicho estatuto, promulgado originalmente en 1798 y aplicado históricamente solo en escenarios de guerra: la Guerra anglo-estadounidense de 1812, la Primera y la Segunda Guerra Mundial.
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“El registro histórico deja en claro que la invocación de la ley por parte del presidente no se alinea con el sentido común de sus términos”, escribió Rodríguez, al subrayar que el concepto de “invasión”, empleado por Trump para referirse al fenómeno migratorio, no equivale a una operación armada organizada, como lo exige la legislación.
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Prohibición permanente y precedente legal
En una decisión de 36 páginas, el magistrado ordenó de forma permanente que el gobierno se abstenga de utilizar la Ley de Enemigos Extranjeros para detener, transferir o deportar a venezolanos en el sur de Texas bajo ese argumento. Sin embargo, aclaró que las autoridades pueden continuar procedimientos migratorios conforme a la Ley de Inmigración y Nacionalidad, el marco legal ordinario en estos casos.
Rodríguez también concedió estatus de demanda colectiva a los afectados, considerando que el caso presenta elementos jurídicos comunes que impactan a un grupo significativo de migrantes. La sentencia detiene la expulsión inmediata de varios venezolanos que ya se habían trasladado en autobuses desde centros de detención hacia destinos inciertos, incluidos, presuntamente, Venezuela y El Salvador.
Para Lee Gelernt, abogado de la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU) y representante de los demandantes, el fallo sienta un precedente clave: “La Corte sostuvo correctamente que el presidente no puede invocar una autoridad de guerra del siglo XVIII en tiempos de paz”, afirmó para medios estadounidenses.