Ultimo Messaggio

PSG pierde ante Aston Villa, pero accede a semis de la Champions League Barcelona cae ante Dortmund pero accede a semis de Champions League

Ante las críticas del Gobierno y políticos de Morena, la ONU informó que está sustentada la decisión de activar el mecanismo contra México por el tema de las desapariciones forzadas.

En un comunicado, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) indicó que ante “la cierta confusión” de actores políticos ante el protocolo activado por el Comité contra la Desaparición Forzada (CED), decidió dar un posicionamiento con “información adicional.

También te puede interesar: Iglesia celebra apertura del Gobierno en el tema de desapariciones

“El Comité desea destacar que, de conformidad con la Convención, su decisión de activar el procedimiento del artículo 34 se adoptó por consenso sobre la base de denuncias recibidas en virtud de esta disposición, pero también teniendo debidamente en cuenta los informes, la información adicional, las respuestas presentadas de manera constructiva por el Estado parte desde el 2014 en el marco de las peticiones de acción urgente, las comunicaciones individuales y el informe adoptado por el Comité tras su visita a México”, detalló la ONU.

Comisión de ONU comparte decisión de comité sobre desapariciones

A su vez, sobre la acusación del presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña, de que el presidente del Comité, anunció la activación del protocolo sin seguir los pasos conducentes, la Organización subrayó que el titular del CED habló tras el consenso de los integrantes y quedó bajo su autoridad.

“El Presidente compartió públicamente la decisión del Comité al final del período de sesiones, explicando que el Comité solicitará información al Estado Parte sobre las denuncias recibidas, ‘lo que no prejuzga de modo alguno las próximas etapas del procedimiento previsto en el artículo 34 de la Convención'”, reza el documento.

“Al clausurar su 28º período de sesiones el 4 de abril de 2025, conforme la práctica establecida, el Presidente del Comité contra la Desaparición Forzada anunció públicamente todas las decisiones adoptadas por el Comité durante ese período de sesiones. Entre este contexto, explicó que el Comité había decidido activar el procedimiento del artículo 34 de la Convención con respecto a la situación de México.

El artículo 34 de la Convención dispone que “si el Comité recibe información que, a su juicio, contiene indicios bien fundados de que la desaparición forzada se practica de forma generalizada o sistemática en el territorio bajo la jurisdicción de un Estado Parte, y tras haber solicitado del Estado Parte interesado toda la información pertinente sobre esa situación, podrá llevar la cuestión, con carácter urgente, a la consideración de la Asamblea General de las Naciones Unidas, por medio del Secretario General de las Naciones Unidas.”

También te puede interesar: EU incluye en su “lista negra” a “El Mochomito”, sobrino de “El Chapo”

Desde el anuncio de esta decisión, las posiciones expresadas públicamente por diversos actores revelan cierta confusión en cuanto al procedimiento, y el Comité considera de suma importancia proporcionar información adicional para esclarecer la situación.

A renglón seguido, la comunicación destaca que el Artículo 2 de la Convención’ define la desaparición forzada como “la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúen con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer la privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida; que colocan a esa persona fuera de la protección de la ley”.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *