Mediante una nota informativa, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) indicó que los servicios de transportación que se brindan a través de empresas de aplicación, no cuentan con una autorización expedida por la dependencia, para prestar sus servicios en aeropuertos.
Aunque la SICT indicó que la marca privada de Uber había promovido un amparo, derivado de los operativos que realiza la Guardia Nacional en los aeropuertos del país, por carecer de la autorización respectiva, el Juzgado Décimo Tercero en Materia Administrativa de la Ciudad de México otorgó una suspensión a dicha empresa.
Con esta resolución, los operativos de la Guardia Nacional se mantendrán conforme a la normatividad establecida en la Ley de Caminos Puentes de Autotransporte Federal y el Reglamento correspondiente aplicable, evitando que estos sean arbitrarios y discriminatorios.
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“Se informa a los usuarios que podrán seguir utilizando los servicios autorizados de taxis en los aeropuertos, servicios turísticos y autobuses autorizados hacia puntos específicos”, indicó la SICT al respecto.
