El Gobierno federal autorizó a las personas licenciadas en Enfermería, así como pasantes o en servicio social a prescribir medicamentos, pero solo de ciertos tipos.
La Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el pasado 21 de octubre, los “lineamientos que determinan el procedimiento y los criterios para la prescripción de medicamentos a los que deberán sujetarse las personas licenciadas en Enfermería, así como las personas pasantes, en servicio social, de las carreras referidas en el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud”.
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Los titulares de enfermería “deberán contar con la cédula profesional o autorización provisional para ejercer como pasante, según corresponda, emitida por la autoridad educativa competente, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables”.
Uno de los candados “sólo podrán prescribir medicamentos cuando presten su servicio a establecimientos de atención médica del Sistema Nacional de Salud que brinden servicios de Atención primaria de salud, incluyendo unidades móviles, brigadas, programas sociales y comunitarios”.
A su vez, “sólo podrán prescribir los medicamentos que se encuentren incluidos en el Compendio Nacional de Insumos para la Salud, en los términos de los presentes Lineamientos y deberán utilizar el formato de receta institucional que para el efecto proporcione la institución en la que presten sus servicios”.
También indica que “la prescripción de medicamentos deberá realizarse con base en la normativa aplicable, incluyendo normas oficiales mexicanas, lineamientos técnicos, protocolos de atención y guías de práctica clínica que, en su caso, sean emitidos, avalados, adoptados o adaptados por la Secretaría de Salud. Asimismo, deberá observar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de farmacovigilancia”.
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“Las personas pasantes de las profesiones de Medicina, Medicina Homeopática, Cirujano Dentista y Medicina Veterinaria que se encuentren prestando su servicio social en establecimientos de atención médica del Sistema Nacional de Salud, podrán realizar la prescripción, en sus respectivas áreas de formación”, indica el documento.
Entre la lista de medicamentos que pueden rectar los enfermeros están Ácido acetilsalicílico, Ibuprofeno, Metamizol sódico, Paracetamol, Amlodipino, Valsartán, Amoxicilina, Ciprofloxacino, Dicloxacilina y Eritromicina, Levofloxacino, así como vitaminas.
