La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) válido los cambios legales para que las empresas del sector telecomunicaciones compartan su infraestructura, con el fin de brindar un mejor servicio a los usuarios.
El asunto deriva de la reforma en la materia de 2014, por lo que los ministros negaron el amparo a la empresa Televimex contra las modificaciones al artículo 139 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
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La SCJN consideró que compartir infraestructura de telecomunicaciones entre concesionarios ayuda a mejorar la competencia y la calidad de los servicios para todos los usuarios en el país.
El Alto Tribunal respaldó la regulación del Instituto Federal de Telecomunicaciones y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para establecer que sí existe la obligación de las empresas de compartir su infraestructura con otras. Esto protege el interés social y no afecta la propiedad privada, sino que permite llegar a más usuarios y reducir costos a la ciudadanía.
En otro asunto, la Suprema Corte avaló una multa de poco más de 7 mil 900 pesos contra la minera Primero Empresa Minera, filial de la canadiense First Magestic, por utilizar tácticas dilatorias para evitar la resolución de un asunto fiscal, en el que se le reclaman más de 2 mil 800 millones de pesos.
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A su vez, el Pleno reafirmó su compromiso con las personas consumidoras al garantizar que las marcas activas reflejen realmente productos o servicios disponibles en el mercado, evitando prácticas engañosas. Por ello, determinó que las disposiciones de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial que establecen los supuestos y formas en los que una marca puede perder su registro son válidas.
Dichas reglas otorgan certeza jurídica, ya que permiten tanto a los titulares como a la autoridad conocer los criterios para conservar o perder una marca ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con lo que se robustece la confianza y la seguridad en el sistema de protección de la propiedad industrial en México.
