Redacción
Legisladores del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y del Partido del Trabajo (PT) presentaron una iniciativa para modificar las leyes del IVA, del IEPS y de Salud, con el fin de regular la venta de bebidas electrolíticas orales. La propuesta busca eliminar la tasa cero de IVA que actualmente se les aplica, someterlas al IEPS como bebidas saborizadas y obligar a que incluyan sellos de advertencia por exceso de azúcares.
Los diputados Ernesto Núñez Aguilar, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Reginaldo Sandoval Flores y José Antonio López Ruiz argumentaron que varias marcas han aprovechado su registro como “medicamento” para evitar impuestos y no mostrar el etiquetado frontal establecido en la NOM-051. Según señalaron, esto genera una ventaja fiscal y comercial injusta, además de inducir a los consumidores a percibirlas como productos terapéuticos cuando en realidad contienen niveles altos de azúcar.
La exposición de motivos recordó que la fórmula de rehidratación oral avalada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) incluye 1.35 gramos de glucosa por cada 100 mililitros, mientras que algunas versiones comerciales alcanzan hasta 5 gramos, es decir, casi cuatro veces más. En ese sentido, advirtieron que estas bebidas se asemejan más a un refresco que a un tratamiento médico.
Los impulsores de la reforma señalaron que, en 2024, la marca líder del mercado reportó ventas superiores a los 16 mil millones de pesos. Estimaron también que, en los últimos cinco años, el Estado dejó de percibir alrededor de 9 mil millones de pesos por concepto de IVA y más de 3 mil millones por IEPS, debido al régimen fiscal preferente que hoy tienen esos productos.
De aprobarse la propuesta, las bebidas electrolíticas orales envasadas dejarían de estar exentas del IVA y se considerarían bebidas saborizadas si contienen azúcares añadidos o edulcorantes. Esto implicaría que se les aplicara la cuota vigente de 1.6451 pesos por litro. Asimismo, se plantea adicionar el artículo 212 Bis a la Ley General de Salud para obligar a que porten los sellos de advertencia correspondientes.
El decreto contemplaría que, una vez publicado en el Diario Oficial de la Federación, entrara en vigor 90 días después. Los fabricantes y comercializadores tendrían un plazo de 120 días para adecuar el etiquetado de sus productos conforme a la nueva normatividad.
Especialistas en salud también han advertido sobre el consumo indiscriminado de electrolitos orales. El médico Rafa Carbajal explicó que no deben tomarse como sustitutos del agua, pues fueron diseñados para casos de deshidratación grave. Señaló que una botella de 625 ml de un suero oral comercial contiene alrededor de 30 gramos de azúcar, cantidad similar a la de una bebida azucarada.