La iniciativa que envió la presidenta de México, Claudia Sheinbaum al Senado de la República para reformar la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y a Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), busca limitar los casos en los que se otorgue la suspensión de actos jurídicos o juicio de amparo.
Sheinbaum propone limitar juicio de amparo y otros actos jurídicos
De acuerdo con el documento, la propuesta pretende impedir que el crimen organizado y evasores fiscales utilicen el juicio de amparo para evadir la justicia, por lo tanto, no habrá suspensión en casos de: lavado de dinero, obstrucción a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), actividades sin permiso o deuda pública.
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“No procederá la suspensión del acto reclamado cuando con ello se permita la comisión o continuación de actos, operaciones o servicios que puedan favorecer, prestar, ayuda, auxilio o cooperación de manera efectiva en operaciones con recursos de procedencia ilícita o conductas ilícitas relacionadas que pudieran dañar al sistema financiero, en los términos de las leyes vigentes”, se lee en el texto de la iniciativa.
Y aclara que se dejarán a salvo los recursos necesarios para el pago de salarios u otro tipo de obligaciones contraídas con trabajadores, de alimentos decretados por autoridad competente, o bien, para asegurar la subsistencia de la persona física titular de la cuenta y de sus acreedores alimentarios, así como de créditos fiscales o hipotecarios para vivienda de uso propio, mientras se resuelve el juicio de amparo, supuestos que deberán quedar acreditados”
Iniciativa también va por reformar artículos de la Constitución
La iniciativa que busca reformar la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución, el Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, añade la definición del concepto de Interés Legítimo, en el artículo 5 de la Ley de Amparo, con base en criterios que ya ha establecido la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Además, propone cambios en la suspensión del acto reclamado, una medida cautelar que permite detener temporalmente el acto de autoridad que se está impugnando mientras se resuelve el fondo del juicio de amparo, y busca asegurar que el juez no conceda la suspensión sin evaluar cada caso.
En la exposición de motivos, la propuesta identifica que el amparo resulta utilizado por el crimen para hacer más lenta la acción de la justicia a través de maniobras legales para obstruir y retrasar juicios.
Para ello, advierte que no se admitirán nuevas pruebas si se aplaza una audiencia y podrá desechar recusaciones con fines dilatorios.
Propone que los jueces deben sopesar con cuidado si parece que quien pide el amparo tiene razón y el interés social y el orden público, es decir, el impacto que tendría esa suspensión en la sociedad.
Establece nuevas causas por las que no se puede conceder la suspensión. En el artículo 129 indica que no se otorgarán suspensiones para permitir actividades que necesiten permisos o concesiones si estos resultaron como revocados o nunca existieron. Así, evitar que la suspensión sirva para operar sin autorización legal.