La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) publicó el acuerdo en el que se fijan las reglas para absorber las funciones de la Sala Especializada tras su desaparición derivada de la reforma judicial.
La Sala Especializada se creó por la reforma electoral de 2024 y tuvo como principal función resolver en primera instancia los Procedimientos Especiales Sancionadores (PES), es decir, casos que tiene que ver con denuncias por propaganda ilegal, violencia política de género u actos anticipados.
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A partir del 1 de septiembre, dicha Sala dejará de existir y se convertirá en la Unidad Especializada del Procedimiento Sancionador (UEPES) de la Sala Superior.
Los trabajadores que eran parte de ese órgano jurisdiccional se transferirán a esa nueva unidad, excepto los magistrados, quienes sí dejarán sus cargos.
Foto: Cuartoscuro | La Sala Superior del TEPJF publicó el acuerdo en el que se fijan las reglas para absorber las funciones de la Sala Especializada.
Los asuntos de ese tipo se turnarán a alguna de las ponencias de la Sala Superior y se debatirán en el Pleno del TEPJF en última instancia.
Reforma judicial decreta extinción de Sala Especializada
La reforma judicial decretó que la extinción de la Sala Especializada debe ocurrir a “más tardar el 1 de septiembre de 2025, por lo que el personal que a la fecha de extinción se encuentre adscrito a la Sala Regional Especializada será readscrito a otras áreas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación conforme lo determine la Sala Superior”.
Las reglas fueron aprobadas por los magistrados del TEPJF, pero Reyes Rodríguez y Janine Otálora emitieron un voto particular conjunto en el que advierten que “existe cierta incongruencia en cómo se integra la Unidad Especializada y las subunidades de Ponencia, lo que provoca una falta de control durante la integración de los expedientes”.
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Consideraron que los cambios deben pasar igual por la Comisión de Administración y reformar el Reglamento Interno del Tribunal Electoral.
“Se debieron precisar las funciones de la Unidad y el papel de las ponencias. Aunado a que, se considera que tratándose de personal que conforme se prevé en el acuerdo se sugiere que estarán adscritos y dependerán de las ponencias, sus actividades se rigen por la magistratura ponente y no por la Unidad Especializada”.