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La detención de Carlos Treviño, exdirector general de Petróleos Mexicanos (Pemex), obedece a un tema de situación migratoria, además de que se encuentra en un proceso de solicitud de asilo en Estados Unidos lo que implica que es “inextraditable”, informó el despacho Zamudio Abogados a través de un comunicado.

Sin embargo, los abogados del exfuncionario de Pemex, informaron que “el señor Treviño está retenido por una confusión estrictamente de carácter migratorio pues él se encuentra legalmente en Estados Unidos con un trabajo y nunca se ha escondido”.

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Carlos Treviño no tenía ficha roja de localización: despacho

Los abogados recordaron que Carlos Treviño no tenía ficha roja de localización “porque en Estados Unidos se consideró que toda la investigación en México es una persecución violatoria de sus derechos fundamentales y el debido proceso”.

Por lo tanto aseguraron que es falso que hayan detenido a Carlos Treviño para ponerlo a disposición de las autoridades mexicanas con motivo de una orden de aprehensión. “Y es inexacto que lo vayan a deportar porque el caso del señor Carlos Treviño lo revisa un juez de la materia”.

En el comunicado refieren que si en México requieren al exdirector de Pemex ”por los dichos falsos de Emilio Lozoya”, deben solicitar su extradición, “pero estamos seguros que esta sería negada porque esa denuncia falsa no podría resistir la mínima revisión de un Juez de Estados Unidos”.

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Y señalaron que “la presidenta ha recibido información imprecisa e incompleta, en mi opinión. Al grado que la confusión que llevó a la actual retención de Carlos no fue ayer, sino antier”.

El despacho, Zamudio Abogados, consideró preocupante “que existan relaciones transaccionales de personas entre países fuera del marco del tratado de extradición, porque una cosa es que manden miembros de la delincuencia organizada que representan un peligro para la seguridad nacional y otra que, México solicite la remisión de ciudadanos a quienes se les presume inocentes”.

Por ello condenaron “las relaciones transaccionales de seres humanos como moneda de cambio en una relación bilateral, haciendo a un lado los derechos fundamentales, el debido proceso y la presunción de inocencia”.

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