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La Sala Superior del Tribunal Electoral federal determinó devolver el triunfo a 15 candidatos de la elección judicial que no alcanzaron el promedio académico requerido de 9 y que el INE declaró inelegibles. Además, deben entregarles de manera inmediata su constancia de mayoría.

Los magistrados Mónica Soto Fregoso, presidenta del TEPJF, Felipe Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña votaron por revocar el acuerdo del INE. En ese sentido, se declaró la inelegibilidad de los 15 candidatos, al concluir que el Instituto carece de atribuciones para valorar el cumplimiento del requisito del promedio mínimo, pues dicha función corresponde únicamente al Comité de Evaluación postulante.

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Foto: Cuartoscuro/Archivo | Durante la elección judicial se descartaron a varios candidatos porque no cumplían con el requisito de promedio.  

“Restrictiva y subjetiva”, metodología utilizada por INE

Los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón y Janine Otálora Malassis votaron en contra de la decisión. Otálora propuso ordenar al INE revisar de nueva cuenta el cumplimiento del requisito con base en los parámetros utilizados por los Comités de Evaluación, pero su propuesta no se aprobó.

A su vez, la magistrada Mónica Soto externó que la metodología que empleó el INE para determinar la elegibilidad fue “restrictiva y subjetiva”, así como carente de sustento legal y permite suponer que se diseñó para bajar candidatos.

Esta metodología se diseñó, se creó, se pensó después de los resultados, eso atenta contra la certeza, puede pensarse que, si no me parecieron los nombres que llegaron, pues yo aquí tengo la capacidad técnica para bajarlos, cuando la ciudadanía les dio el voto”, afirmó.

#Boletín | El #TEPJF revocó la inelegibilidad de candidaturas a diversos cargos del PJF.

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— TEPJF (@TEPJF_informa) July 30, 2025

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El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón propuso ordenar al Senado de la República convocar a elecciones extraordinarias para tener los cargos vacantes. Con ello, defendió la revisión del requisito del promedio mínimo, pues dijo que sólo pueden acceder al cargo los aspirantes que cumplen con lo que exige la Constitución.

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