La Secretaría de Educación Pública (SEP) destacó que con la reforma al artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, publicadas el 21 de julio en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se establecieron 32 fechas emblemáticas con las que se reconoce el importante papel transformador de las mujeres en la historia de México.
La subsecretaria de Educación Básica, Angélica Noemí Juárez Pérez, detalló la incorporación de 24 mujeres y la inclusión de cinco fechas emblemáticas.
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8 de marzo, Día Internacional de la Mujer; 5 de septiembre, Día de las Mujeres Indígenas; 14 de septiembre, Día de las Forjadoras Anónimas de la República; 17 de octubre, Reconocimiento del derecho de las mexicanas a votar y ser votadas a nivel federal; y 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
Foto: Cuartoscuro | La subsecretaria de Educación Básica, Angélica Noemí Juárez Pérez, detalló la incorporación de 24 mujeres y la inclusión de cinco fechas emblemáticas.
Señaló que, conforme al artículo 15 de esta ley, en los edificios sede de las autoridades, representaciones diplomáticas y consulares de México en el extranjero, así como en inmuebles de instituciones que presten servicios educativos y médicos, oficinas migratorias, aduanas, capitanías de puerto, aeropuertos, y en las plazas públicas que las propias autoridades determinen dentro de su territorio, deberá izarse la Bandera Nacional en las fechas establecidas en el artículo 18. Asimismo, todas las naves aéreas y marítimas mexicanas portarán la Bandera Nacional y la usarán conforme a las leyes y reglamentos aplicables.
Se deberá rendir honores a la Bandera
Dijo que, en los edificios de autoridades e instituciones educativas, deberán rendir honores a la Bandera Nacional los días lunes, al inicio de las labores escolares o en el horario que las autoridades correspondientes determinen, así como al inicio y al término del ciclo escolar.
Explicó que, con las modificaciones al artículo 18, se establecen 32 nuevas efemérides en las que, en los lugares y edificios mencionados en el primer párrafo del artículo 15, la Bandera Nacional deberá izarse, entre ellas, 9 de enero: Conmemoración de la Señora 6 Mono, gobernante mixteca, 30 de enero: Natalicio de Elvia Carrillo Puerto (1881), 8 de marzo: Día Internacional de la Mujer, 14 de marzo: Natalicio de Matilde Montoya (1859), entre otras.
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Y se deberá izar a media asta en fechas como: 2 de enero: Fallecimiento de Margarita Maza (1871), 15 de enero: Fallecimiento de Ignacia Riesch (1865), 14 de febrero: Fallecimientos de Vicente Guerrero (1831) y Agustina Ramírez (1879), 2 de marzo: Fallecimiento de Josefa Ortiz (1829) y 16 de abril: Fallecimiento de Rosario Ibarra (2022), entre otras.
“Las modificaciones tienen como propósito visibilizar el papel transformador de las mujeres a lo largo de la historia de México, a fin de que las generaciones presentes y futuras cuenten con referentes femeninos a quienes honrar, conmemorar y recordar, pues las mujeres siempre han estado y estarán presentes”, refirió la subsecretaria.