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La Cámara de Diputados recibió por el Senado de la República, las minutas que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica y de la Ley Federal de Entidades Paraestatales en materia de competencia y telecomunicaciones.

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El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, informó que dio recepción y la publicación del documento en la gaceta parlamentaria de la Cámara de Baja este domingo.

La Cámara de Diputados recibió del Senado, las minutas que reforman la Ley Federal de Competencia Económica y de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. https://t.co/l51qMHgpDd

— H. Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) June 29, 2025

“Hemos recibido las minutas para crear la Comisión Nacional Antimonopolio y la Ley en materia de Telecomunicaciones. En la Cámara de Diputados las revisaremos con mucha responsabilidad y las discutiremos la próxima semana”, dijo el legislador.

Ricardo Monreal Ávila, el presidente la Junta de Coordinación Política, destacó que recibieron las minutas por parte del Senado de la República.

“Cómo revisora, les daremos curso legal; esta semana realizaremos su análisis y discusión”, agregó.

Comisión Nacional Antimonopolio vigilaría concentración de medios para telecomunicaciones

La minuta enviada por el Senado de la República tiene entre sus objetivos crear la Comisión Nacional Antimonopolio, la cual actuará como un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado a la Secretaría, con personalidad jurídica y patrimonio propio, autonomía de gestión.

Además, de independencia técnica y operativa en sus decisiones, organización y funcionamiento; tiene por objeto garantizar la libre concurrencia y competencia económica en todos los mercados del país, así como prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, para lo cual debe desempeñarse de manera profesional e imparcial en sus actuaciones.

Tareas de la Comisión Nacional Antimonopolio

Este organismo se encargará de imponer límites a la concentración nacional y regional de frecuencias, al concesionamiento y a la propiedad cruzada que controle varios medios de comunicación que sean concesionarios de radiodifusión y telecomunicaciones, que sirvan a un mismo mercado o zona de cobertura geográfica.

El Senado aprobó crear la Comisión Nacional Antimonopolio con reformas a la Ley Federal de Competencia Económica y a la Ley Federal de Entidades Paraestatales.

Conoce lo más relevante en al #SesiónEnBreve. https://t.co/pkg6UnRl3Z pic.twitter.com/a4dj86n0N0

— Senado de México (@senadomexicano) June 29, 2025

Determinará la existencia de Agentes Económicos Preponderantes en los sectores de radiodifusión y de telecomunicaciones, e imponer las medidas necesarias para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia en estos sectores.

También declarará la existencia o inexistencia de condiciones de competencia efectiva en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión y, en su caso, la imposición, modificación o extinción de las obligaciones impuestas a los Agentes Económicos Preponderantes.

Establecerá las medidas e impondrá las obligaciones específicas que permitan la desagregación efectiva de la red local del Agente Económico Preponderante en el sector de las telecomunicaciones; asimismo, compartirá información y establecerá mecanismos de coordinación con la Comisión Regulatoria de Telecomunicaciones (CRT) y con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.

El documento refiere que, en cuanto a reformas en el libro Cuarto en materia de las telecomunicaciones y radiodifusión, la Comisión Nacional Antimonopolio se encargará de determinará la existencia de Agentes Económicos Preponderantes en los sectores de Telecomunicaciones y Radiodifusión y les impondrá las medidas necesarias para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia.

Agente Económico Preponderante

Para efectos de lo dispuesto en esta Ley, se considerará como Agente Económico Preponderante, en razón de su participación nacional en la prestación de los servicios de Radiodifusión o Telecomunicaciones, a cualquiera que cuente, directa o indirectamente, con una participación nacional mayor al cincuenta por ciento, medido este porcentaje ya sea por el número de usuarios, suscriptores, audiencia, por el tráfico en sus redes o por la capacidad utilizada de las mismas, de acuerdo con los datos que proporcione la CRT o, en su caso, la Agencia.

Foto: Cuartoscuro  

De la propiedad cruzada, en los casos de concesionarios de radiodifusión y telecomunicaciones que sirvan a un mismo mercado o zona de cobertura geográfica que, a opinión vinculante por parte de la Agencia, impida o limite el acceso a información plural en tales mercados y zonas, se estará a lo siguiente:

La Comisión Nacional Antimonopolio indicará al concesionario que preste el servicio de televisión restringida de que se trate aquellos canales de información noticiosa o de interés público que deberá integrar en sus servicios, en la medida en que sea necesario para garantizar el acceso a información plural y oportuna.

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De igual manera, el concesionario deberá incluir al menos tres canales cuyos contenidos predominantemente sean producción propia de programadores nacionales independientes cuyo financiamiento sea mayoritariamente de origen mexicano, de conformidad con las reglas emitidas a tal efecto.

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