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El Senado de la República aprobó la creación de la Comisión Nacional Antimonopolio, que sustituirá a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

Durante la sesión de este sábado, por 68 votos a favor y 35 en contra el dictamen fue avalado en lo general, y en lo particular con 72 a favor y 34 en contra, por lo que las reformas a la Ley Federal de Competencia Económica fue remitida a la Cámara de Diputados.

Los senadores de Oposición coincidieron en que esos cambios representaban el “último clavo al ataúd de los órganos autónomos”.

Foto: Cofece  

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Señalaron que las modificaciones no representarán ahorros, como fue la idea original, sino que desaparecerá la Cofece, pero se creará otro órgano similar, que contará con comisionados, pero subordinados al Ejecutivo.

De acuerdo con el dictamen, la Comisión Nacional Antimonopolio contará con personalidad jurídica y patrimonio propio, permitiendo ejercer actos jurídicos en su nombre y administrar sus recursos con autonomía.

Además, el dictamen refiere que dicha comisión contará con un órgano de gobierno integrado por cinco personas comisionadas que serán designadas de forma escalonada.

También eleva a rango de ley diversas normas establecidas en las Disposiciones Regulatorias y el Estatuto Orgánico de la extinta Comisión Federal de Competencia Económica.

¿Qué busca el proyecto?

Con el proyecto, se busca fortalecer las herramientas de investigación, mejorar los procedimientos que tramite la comisión para que sean más rápidos y eficaces, además de incrementar las medidas de apremio y las sanciones por violaciones a la ley con la finalidad de combatir y sancionar de manera efectiva los monopolios.

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Igualmente, se asegura que el Estado intervenga de manera oportuna para evitar la concentración y abuso de poder en detrimento del bienestar general; para ello, fija diversas atribuciones de la citada comisión, como límites a la concentración nacional y regional de frecuencias, al concesionamiento y a la propiedad cruzada que controle varios medios de comunicación en un mismo mercado o zona geográfica.

En la ley también se determina la existencia o subsistencia de Agentes Económicos Preponderantes en los sectores de radiodifusión y de telecomunicaciones, así como declarar la existencia o inexistencia de condiciones de competencia efectiva en los mercados de los sectores.

Sanciones y multas

Respecto de sanciones, se establecen multas hasta por el equivalente al 20% de los ingresos del agente económico, por haber incurrido en una práctica monopólica absoluta y de 15% de dichos ingresos, por una práctica monopólica relativa.

También se fijan multas hasta por el equivalente a 300 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido en la comisión de prácticas monopólicas, concentraciones ilícitas o demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados.

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A su vez, inhabilitación temporal para participar, de manera directa o por interpósita persona, en procedimientos de contratación pública por un periodo que no será menor de seis meses ni mayor a cinco años, por haber incurrido en una práctica monopólica absoluta. Respecto de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, se señala que la Comisión Nacional Antimonopolio determinará la existencia de Agentes Económicos Preponderantes.

Sesión extraordinaria de la Cámara de Senadores, del 28 de junio de 2025. https://t.co/Mrjlxx4wuW

— Senado de México (@senadomexicano) June 28, 2025

Los cambios en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales se refieren a cómo se regirá la Comisión Nacional Antimonopolio, que será conforme a la estructura de su órgano de gobierno, unidades administrativas, organización, funcionamiento, operación, desarrollo y control.

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