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Con 69 votos a favor, 28 en contra y cinco abstenciones, el Pleno del Senado aprobó la reforma a la Ley General de Población, que establece la Clave Única de Registro de Población (CURP) biométrica.

Éste será un documento nacional de identificación y la fuente única de identidad de las personas, pues contendrá las huellas dactilares y fotografía, y será de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional.

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Foto: Quadratin | Con 69 votos a favor, 28 en contra y cinco abstenciones, el Pleno del Senado aprobó la reforma a la Ley General de Población.  

Asimismo, se incorpora la creación de la Plataforma Única de Identidad con la intención de facilitar la búsqueda y localización de personas desaparecidas.

La CURP biométrica estará disponible en formato físico y digital, para que sea empleada en los procesos de validación y autenticación de la identidad de las personas en medios digitales y se estará obligado a solicitud para la prestación de sus trámites y servicios.

Segob, encargada de integrar datos biométricos al CURP

La Secretaría de Gobernación será la encargada de integrar los datos biométricos de las personas a la CURP, con estricto apego a la normativa en materia de protección de datos personales, tanto en posesión de sujetos obligados como de particulares.

El dictamen redefine el término de procuradurías locales a fiscalías locales y considera a la Clave Única de Registro de Población (CURP) como elemento base de identificación de las personas.

Se aceptan las reservas presentadas por la senadora @SenadoraV al dictamen que reforma la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas; y la Ley General de Población.

— Senado de México (@senadomexicano) June 28, 2025

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La Plataforma Única de Identidad tendrá conexión con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, el Banco Nacional de Datos Forenses y registros administrativos, a fin de realizar búsquedas continuas y exhaustivas mediante la CURP, para detectar rápidamente posibles casos de desaparición y la respuesta inmediata de las autoridades.

Y las autoridades y particulares de cualquier naturaleza y que tengan a su cargo datos biométricos o cualquier otro dato identificativo de personas, estarán obligados a permitir la consulta de éstos a la Fiscalía General de la República (FGR), las fiscalías locales, las instituciones públicas que integran el Gabinete de Seguridad y al Centro Nacional de Inteligencia.

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