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Recibir una pensión digna al finalizar la vida laboral es esencial para todos los trabajadores ya sean del sector privado (IMSS) o del gobierno (ISSSTE), pues de esta forma garantizan un ingreso seguro para su bienestar; sin embargo obtenerla requiere cumplir una serie de requisitos, además de elegir el esquema correcto según sus necesidades.

En el caso de los trabajadores del sector privado, es decir aquellos que cotizan para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), acceder a una pensión depende de dos factores, el primero es el régimen al que pertenece y el segundo la modalidad de pensión que se adapte a él.

Uno de los regímenes al que pertenecen muchos trabajadores del sector privado es el de la Ley 97 del IMSS, por lo que en esta ocasión te diremos quienes corresponden a él y a qué tipo de pensiones pueden acceder.

¿Quiénes forman parte del régimen de la Ley 97 del IMSS?

De acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pertenecen al régimen de la Ley 97 los trabajadores que comenzaron a cotizar en el instituto a partir del 1° de julio de 1997. Esta también es conocida como régimen de cuentas individuales.

Cabe recordar que la fecha de inscripción ante el IMSS no necesariamente es la misma en la que se comenzó a trabajar.

La Ley 97 del IMSS establece un sistema de pensiones basado en cuentas individuales administradas por Afores, con varias opciones de pensión para los trabajadores

Tipo de pensiones de la Ley 97 del IMSS

La Ley 97 del IMSS ofrece dos tipos de pensiones:

Renta Vitalicia

Retiro Programado

Además, los trabajadores tienen la opción de retirarse bajo el esquema de una pensión garantizada.

Aquí te hablaremos más a detalle de cada una de ellas.

Renta Vitalicia

Es una pensión de por vida que se contrata con una Aseguradora (el IMSS es el encargado de indicar qué empresas aseguradoras prestan este servicio).

Bajo este esquema, el monto de la pensión dependerá del saldo acumulado en la Cuenta Afore del trabajador. Dicho monto se actualizará anualmente de acuerdo a la inflación, pero el pago estará garantizado de por vida.

Los trabajadores deberán comprar de forma adicional un Seguro de Sobrevivencia que permite a sus beneficiarios recibir también una pensión al momento de la muerte del pensionado.

Retiro Programado

Es una pensión que se contrata con la Afore en la que el trabajador está registrado y el monto de la pensión dependerá del saldo acumulado en la cuenta Afore, de los rendimientos que se obtengan y de la esperanza de vida calculada.

A diferencia del esquema de renta vitalicia, la pensión de Retiro Programado no es vitalicia, sino que se recibe hasta que se agotan los recursos de la cuenta Afore.

Los trabajadores pensionados bajo retiro programado también deben adquirir un Seguro de Sobrevivencia para que sus beneficiarios reciban una pensión en caso de fallecimiento.

Pensión Garantizada

La Pensión Garantizada es aquella que el Estado otorga a las personas que cumplan con el requisito de la edad y en 2025, un mínimo de 850 semanas cotizadas, pero que los recursos no le alcancen para contratar una Renta Vitalicia o un Retiro Programado.

Cabe mencionar que, de acuerdo con la Ley del Seguro Social, a partir de 2022 el requisito de semanas cotizadas se incrementará anualmente en 25 semanas hasta llegar a 1,000 semanas en 2031.

Requisitos generales para tramitar una pensión bajo la Ley 97 del IMSS

Todos los trabajadores que deseen realizar su trámite de retiro y adquirir una pensión deberán contar con los siguientes requisitos y documentos de manera general:

Requisitos:

En 2025, requerirás un mínimo de 850 semanas de cotización (recuerda que el mínimo de semanas aumentará anualmente.

Tener 60 a 64 años en caso de Pensión por Cesantía.

Tener 65 años en caso de Pensión por Vejez.

Expediente de identificación de Trabajador actualizado.

Documentos:

Una identificación oficial

Estado de Cuenta de la Afore o comprobante que acredite el registro en la Administradora.

Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).

Resolución o Negativa de pensión emitida por el IMSS.

Ahora que ya sabes, cuáles son los tipos de pensión que te corresponden si estás bajo el régimen de la Ley 97 del IMSS, podrás elegir el que mejor se adapte a tu situación como trabajador.

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