La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) exhortó al Gobierno de Puebla a revisar la redacción del artículo que tipifica el delito de ciberasedio, que fue parte de una reforma al Código Penal de la entidad, para garantizar que haya claridad en esa nueva norma.
En un posicionamiento, la Comisión manifestó su preocupación por los cambios al artículo 480 al Código Penal de Puebla, debido a que califica el delito de ciberasedio e impone sanciones de prisión de hasta tres años de cárcel y multa de hasta 300 días del valor diario de la Unidad de Medida.
El ilícito lo comete “quien, a través de medios digitales, redes sociales o cualquier espacio virtual, insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional”.
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Para la CNDH, la falta de claridad en la redacción de esa parte de la reforma “pueden, potencialmente, prestarse a un uso contrario a lo que se busca”, por lo que “considera que el texto del artículo 480 presenta ambigüedades que podrían dar lugar a restricciones indebidas al derecho a la libertad de expresión, particularmente cuando se trate de opiniones, críticas o manifestaciones en contextos de interés público”.
Derechos Humanos exhortó a las autoridades de Puebla para “revisar la redacción del citado artículo, a fin de que se garantice el cumplimiento del principio de legalidad y prevenir el uso del derecho penal como medio indirecto de censura o inhibición del ejercicio del derecho a manifestar ideas, pensamientos y opiniones por cualquier medio. La libertad de expresión es un pilar en toda sociedad democrática y debe ser protegida frente a cualquier forma de censura, ya sea directa o indirecta.
El derecho penal no debe utilizarse como medio para castigar el disenso: CNDH
La CNDH aseveró que “el derecho penal no debe utilizarse como medio para castigar el disenso, la crítica o el ejercicio libre de la palabra, tal como lo establecen tanto Comisión Nacional de los Derechos Humanos Dirección General de Difusión de los Derechos Humanos el artículo 6° constitucional como los estándares internacionales en la materia”.
La #CNDH exhorta al @Gob_Puebla a revisar el artículo 480 de su Código Penal, para garantizar el pleno respeto a la #LibertadDeExpresión
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— CNDH en México (@CNDH) June 22, 2025
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El órgano autónomo manifestó que “en ejercicio de sus funciones está trabajando ya una Acción de Inconstitucionalidad que en su momento dará a conocer, pero que sin duda recoge el clamor de numerosos grupos de comunicadores y ciudadanos de manera que este tipo de legislaciones se conciban, redacten y emitan con estricto apego a los derechos humanos”.