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Por presuntamente dejar morir a un paciente, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) sancionó a una unidad médica del IMSS en Ecatepec, Estado de México.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) anunció sanciones para al Hospital General Regional número 196 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), de Ecatepec por dejar morir a una persona que presentaba trombosis y afecciones renales.

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La CNDH informó que el pasado 15 de abril del 2024, recibieron una queja señalando que la víctima hospitalizada en Ecatepec tenía un diagnóstico de trombosis y afecciones renales y a pesar de la gravedad no se le valoró por nefrología, ni se le había realizado estudios clínicos en el IMSS, generando la molestia en sus familiares.

A través de un comunicado, la CNDH que encabeza Rosario Piedra Ibarra, destacó que, aunque lograron agilizar la atención médica, el paciente murió por lo que concluyeron, que la falta de acciones médicas oportunas frente a complicaciones graves y la ausencia de un tratamiento eficaz, contribuyeron al fallecimiento de la víctima.

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A esta situación, también se sumó la violación del derecho al acceso a la información en salud en el IMSS, ya que el expediente clínico presentaba omisiones graves como diagnósticos tardíos, tratamientos insuficientes, falta de interconsultas claves y deficiencias en los registros clínicos que afectaron tanto el tratamiento, como la posibilidad de que los familiares obtuvieran claridad sobre su situación médica.

La determinación de la CNDH sobre este caso en el IMSS

En este sentido el órgano autónomo defensor, dictaminó que el Hospital General del IMSS con sede en Ecatepec, deberá dar una reparación del daño, la cual incluirá una compensación, atención psicológica o tanatológica especializada, continua y gratuita.

Asimismo, se deberá mantener abierta la posibilidad de acceder a estos servicios en el futuro, si así lo deciden como parte de su derecho a la rehabilitación.

“Se identificaron una triple vulneración a los derechos humanos de la víctima; a la protección de la salud y a la vida, así como al acceso a la información en materia de salud. Estas fallas comprometieron la continuidad y efectividad de la atención, agravando su estado de salud”.

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