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La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó modificar el artículo 97 de la Constitución, con ello van a enmendar la contradicción generada por la reforma judicial en el procedimiento para la designación de la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Con 27 votos a favor y 11 en contra, el proyecto de dictamen, se aprobó. Con ello, se suprime el texto que dice: “Cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el periodo inmediato posterior”.

El documento expuso que el fin de las tres iniciativas analizadas es idéntico, el resolver la antinomia o contradicción constitucional respecto la forma en que se elegirá a la presidencia de la SCJN; por ello, se opta por armonizar el modelo de elección democrática del Poder Judicial y no se dejan disposiciones susceptibles a interpretaciones.

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Error afectaba procedimiento para la designación de la presidencia de la SCJN

Asimismo, que consta con pleno sustento la modificación expuesta, cuyo propósito es dar claridad y armonía a la norma constitucional y certeza jurídica a las personas ante la inminente y nueva integración del democrático Poder Judicial.

En tanto, se atiende un tema significativo y de trascendencia, al tratarse de la elección de la presidencia de la SCJN como cúspide del nuevo Poder Judicial.

“Cumplimos con nuestras facultades parlamentarias de creación, reforma o derogación, para el caso concreto, que implica no solo la formulación, sino su constante perfeccionamiento”.

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Además, la Comisión aseguró que no abdicó a su función para pulir la norma constitucional ante un supuesto de naturaleza perfectible, teniendo procedimientos específicos para ello, inclusive, como se ha referido en alguna de las iniciativas que, toda norma constitucional o legal, es perfectible y puede estar sujeta a posibles y futuras contradicciones, para lo cual se han creado soluciones ante tales situaciones.

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