Ultimo Messaggio

Colosio Riojas pide no minimizar la violencia en Veracruz Marvel lanza tráiler de “Ironheart”; serie ya tiene fecha de estreno

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) para que se revise la elegibilidad solo de los 880 candidatos ganadores de la elección judicial.

“Se avala que la autoridad electoral nacional pueda verificar en la etapa de entrega de constancias de mayoría a las candidaturas que resulten ganadoras que efectivamente estas cumplan con las condiciones de elegibilidad e idoneidad suficientes para asumir el cargo”, indicó la presidenta del Tribunal Electoral, Mónica Soto.

También te puede interesar: PRI pide a autoridades que EU informe sobre funcionarios mexicanos investigados

Abundó que eso “abona a la certeza de que a quien se le otorgue dicha constancia ha cubierto durante el transcurso de todo el proceso electivo con las exigencias previstas en la Constitución y en las leyes correspondientes”.

En la víspera, el Congreso de la Unión pidió a la autoridad electoral cancelar el registro de 26 candidaturas por incumplir requisitos de idoneidad, como tener presuntas ligas con el crimen organizado, no cumplir con el mínimo de 8 de promedio en la licenciatura y tener dudosa reputación por presuntamente liberar delincuentes en su trabajo como juzgadores.

Atribuciones del INE revisar que candidatos ganadores cumplan con los requisitos 

Sin embargo, el INE señaló que la reforma judicial no le otorgó esas facultades, pero que entre sus atribuciones se encontraba revisar que los candidatos ganadores cumplan con los requisitos para ejercer el cargo, previo a la entrega de constancias de mayoría.

Foto: Cuartoscuro |

El INE utilizará varios mecanismos, como la recepción de denuncias ciudadanas, petición de documentos y revisión autónoma de los candidatos.

También te puede interesar: Uno de cada 10 maestros busca segundo empleo para obtener más ingresos

“La obligación de presentar declaraciones o certificados que acrediten no encontrarse en alguno de los supuestos constitutivos de inelegibilidad no implican una carga excesiva a las candidaturas, precisamente porque con ello se responde a la exigencia constitucional de verificar el cumplimiento de tales requisitos, pero también asegura el debido proceso de las personas que pudieran encontrarse bajo un impedimento a partir de los hallazgos detectados por la autoridad competente”, aseguró.

Por su parte, la magistrada Janine Otálora aseveró que “el INE es competente para verificar estos requisitos al momento justamente de asignar los cargos y esto, porque la legislación electoral condiciona la entrega de constancias de mayoría y validez de elegibilidad de las candidaturas, de modo que, lo que hace el acuerdo es simplemente regular los pasos a seguir para cumplir con esta obligación legal”.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *