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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), como resultado del análisis de las impugnaciones formuladas en contra de la normativa en materia de remuneraciones de los servidores públicos de la Ciudad de México y del estado de Sinaloa, determinó invalidar varias disposiciones.

Señaló que existen omisiones legislativas por parte de ambos Congresos en lo que corresponde a los artículos 106, 107 y 110, párrafo segundo, de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México y artículos 6, primer párrafo, 7, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17, de la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos de Sinaloa, concernientes a la determinación de las remuneraciones de los servidores públicos y su presupuestación.

Lo anterior, pues las disposiciones no contienen criterios técnicos y objetivos para establecer los salarios de las personas servidoras públicas, lo cual contraviene el artículo 127 de la Constitución Federal.

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A su vez, se invalidaron los artículos 276-Bis y 276-Ter, del Código Penal para el Distrito Federal (hoy Ciudad de México), los cuales, entre otros aspectos, consideraban como delito otorgar o recibir cualquier pago en demasía.

Lo anterior, debido a que esos preceptos contenían una redacción vaga e imprecisa, así como remisiones erróneas, lo que resultaba violatorio del principio de taxatividad en materia penal, conforme al cual, las normas de ese ámbito deben ser precisas y claras.

Invalidan disposiciones sobre salarios de funcionarios en Sinaloa

También se anularon “los artículos 19, 20, 21, 22 y 23, párrafos primero a tercero y sexto, de la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Estado de Sinaloa, que regulaban lo concerniente a las faltas administrativas en la materia”.

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Lo anterior, dado que vulneraban el derecho a la seguridad jurídica, pues los preceptos no distinguían entre faltas administrativas graves o no graves, lo que generaba incertidumbre respecto de quiénes serían las autoridades competentes para conocer de las infracciones, en función de su gravedad.

leo

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