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Aquí te decimos qué ocurre si no activas el Buzón Tributario del Servicio de Administración Tributaria (SAT), una obligación que debes cumplir lo antes posible.

Cada año, los contribuyentes deben cumplir con sus obligaciones fiscales impuestas por el SAT y de hacerlo en alguna de ellas puede haber sanciones por omisión.

Una de estas obligaciones tiene que ver con el Buzón Tributario el cual es indispensable que cuentes con ello.

¿Qué es el Buzón Tributario del SAT?

Es un canal de comunicación que implementó el Servicio de Administración Tributaria para comunicarse con los contribuyentes, tanto físicos como morales.

Además, dicho canal permite a los contribuyentes hacer algunas otras obligaciones como la declaración anual, el pago de impuestos, devoluciones o compensaciones, gestionar aclaraciones o tramitar recursos de revocación, así como recibir los avisos del SAT.

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación (CFF) la fecha límite que tienen los contribuyentes para realizar el trámite es el 30 de diciembre y quienes no lo hagan antes de enero de 2025 serán sancionados.

¿Qué pasa si no cumplo con dicha obligación?

El Servicio de Administración Tributaria indicó que aquellos que no cumplan con ese requerimiento, podrán hacerse acreedores a una multa económica de entre 3,850 y hasta 11,540 pesos.

¿Hay excepciones?

¿Cómo activar el Buzón Tributario?

Para hacerlo deberás ingresar al portal del SAT e iniciar sesión (para hacerlo puedes echar mano de tu contraseña o tu e.firma). No es necesario acudir a las oficinas del organismo para activarlo.

Al ingresar verás el apartado de ‘Habilita tu Buzón Tributario’ al cual debes ingresar y ahí deberás proporcionar y registrar al menos un medio de contacto el cual puede ser:

Número de celular

Correo electrónico vigente

Una vez que actives o actualices el Buzón Tributario podrás descargar el acuse que confirma que has realizado el proceso de manera satisfactoria, siendo así la finalización del cumplimiento, además de que evitarás la multa económica.

Es importante que si cuentas con tu e.firma (firma electrónica) deberás agendar una cita en el portal del SAT (se mostrarán fechas disponibles) y ahí podrás elegir el módulo más cercano a tu domicilio.

LEO

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