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Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) autorizó al Instituto Nacional Electoral (INE) a desacatar las más de 170 suspensiones de juzgados federales y reactivar de inmediato la organización de los comicios de jueces, magistrados y ministros.

El magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera presentó un proyecto que considera “constitucionalmente inviable” suspender la elección de juzgadores y ordena al INE y al Senado seguir con la organización, ya que ninguna autoridad o Poder del Estado mexicano puede cancelar o pausar el desarrollo de los comicios, lo que fue apoyado por la presidenta del Tribunal, Mónica Soto, y por Felipe de la Mata Pizaña.

Mientras que Janine Otálora y Reyes Rodríguez votaron en contra de que el INE desacate las suspensiones, derivadas de los cientos de juicios de amparo abiertos contra la reforma judicial y que pausaron dichos comicios.

Otálora aseveró que dar luz verde al órgano electoral contribuye a enrarecer el ambiente, debido a que es la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la última instancia de decisión; a su vez, el magistrado Rodríguez calificó como “grave” que se autorice al órgano electoral a desatender los procesos en los juzgados de Distrito, lo que significa que el Tribunal Electoral se extralimita.

Por su parte, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña apuntó que se da la razón al INE y al Senado porque se involucran los derechos político-electorales de la ciudadanía y no resulta viable suspender los actos de organización de la elección judicial.

Abundó que el 31 de octubre pasado se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma denominada de supremacía constitucional, que está vigente, por lo que todas las impugnaciones contra la reforma judicial y sus suspensiones derivadas deben declararse improcedentes.

“Todas las autoridades se encuentran impedidas constitucionalmente para detener la elección judicial, porque resulta, por decisión constitucional, inimpugnable”.

La presidenta del TEPJF, Mónica Soto, indicó que la Constitución vigente tiene la cláusula de supremacía, por lo que los cambios a la Carta Magna son inimpugnables y las decisiones de la Sala Superior son definitivas e inatacables, por lo que la elección de jueces, magistrados y ministros puede continuar por encima de las decisiones de los Juzgados de Distrito.

Aseveró que se trata de una medida de protección provisional para que las autoridades permitan al INE y al Senado seguir con la encomienda constitucional de organizar la elección judicial: “Las razones de mi voto no implican un análisis de la legalidad, validez de las suspensiones de las autoridades jurisdiccionales, pues sus revisiones competen a otras autoridades”.

Al TEPJF se le dio la facultad de “remover cualquier obstáculo que impida a las autoridades llevar a cabo sus funciones”, en el caso de la organización de los comicios judiciales. Consideró que la Sala Superior no se excede porque solo está protegiendo el proceso electoral, el cual constitucional no puede pausarse, pero no hay un pronunciamiento sobre la validez de las suspensiones de jueces de distrito, pues esas valoraciones corresponden a los tribunales colegiados y a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 

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