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Con 75 a favor y 37 en contra, el Senado de la República aprobó las reformas a la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral que regulan el proceso de impugnación durante las elecciones de los juzgadores del Poder Judicial

El dictamen aprobado establece que el Juicio Electoral será procedente para impugnar los actos y resoluciones que restrinjan el derecho a ser votadas de las personas candidatas a ministras, magistradas o juezas del Poder Judicial de la Federación en el proceso electoral respectivo. 

Además, sólo podrán promover Juicio Electoral las personas que acrediten su interés jurídico como candidatas a ministras, magistradas o juezas del Poder Judicial de la Federación. 

Establece que “cuando se impugne la elección de personas ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistradas de la Sala Superior y del Tribunal de Disciplina Judicial, deberá promoverse a más tardar dentro de los cuatro días posteriores a que el Consejo General del Instituto realice la declaratoria de resultados correspondiente”.

Además, serán las Salas del Tribunal Electoral, en sus respectivas jurisdicciones, serán competentes para conocer de este recurso. “Tratándose de asuntos vinculados con la elección de personas magistradas de las Salas Regionales del Tribunal Electoral, será competente la Sala Superior”.

En los casos de asuntos vinculados con la elección de personas magistradas de la Sala Superior, será competente el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

El sábado, sortearán cargos a renovar en 2025

 

El Senado sorteará el próximo sábado, en sesión pública a la que estarán invitados los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), 818 cargos de magistrados de circuito y jueces de distrito que serán electos en junio de 2025 y de los cuales 186 no tienen titular por vacancia, renuncias y retiros programados. Se hará a través de una urna transparente y para el registro del resultado se utilizará un mecanismo electrónico.

El acuerdo de la Mesa Directiva establece que, “las vacantes que no resulten comprendidas en el listado de cargos sorteados para ir a elección popular, se integrarán mediante un segundo acto de insaculación, procediendo a restar el número determinado de cargos de dicha lista, para compensar la proporción del 50% del total”. 

Para ello, “se realizará una selección aleatoria y sistemática a fin de sustituir un cargo sorteado por cada vacante sobrevenida de la otra lista”.

Explica que todo el procedimiento de insaculación se repetirá para cada circuito judicial del país, siguiendo el orden establecido por el Poder Judicial de la Federación.

De acuerdo con información del Consejo de la Judicatura Federal, en el país existen 32 circuitos judiciales conformados por 426 juzgados, 17 juzgados auxiliares, 260 tribunales colegiados de circuito, 10 tribunales colegiados de circuito auxiliares, 39 tribunales colegiados de apelación, 131 tribunales laborales federales de asuntos individuales.

Además, un tribunal laboral federal de asuntos colectivos, cinco plenos regionales, 42 centros de justicia penal federal y un centro nacional de justicia, en total 932 recintos judiciales. 

El acuerdo señala que, el 50% de los cargos quedará integrado por el número de vacantes (renuncias y retiros programados) enlistadas. /Karina Aguilar

 

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