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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió, por mayoría de votos, el primer amparo contra la Ley Minera, vigente desde 2023 y que anula el otorgamiento de nuevas concesiones y endurece requisitos a las ya existentes.

Durante la sesión de este miércoles, por votos en contra de las ministras Yasmín Esquivel y Lenia Batres, se declaró inconstitucional el quinto transitorio de la reforma a leyes Minera, de Aguas Nacionales, de Equilibro Ecológico y de Protección al Ambiente.

Mediante el amparo 337/2024, la Segunda Sala amparó a Emiliano Ruiz Hernández, quien alegó que el quinto transitorio de la Ley Minera era “violatorio de los principios de irretroactividad, de las normas de seguridad jurídica, confianza legítima” contenidos en la Constitución.

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