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El diputado federal Éctor Ramírez Barba (PAN) presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Planeación para que se establezcan los procedimientos con los cuales la Cámara de Diputados pueda modificar el proyecto del Plan Nacional de Desarrollo de la próxima administración.

Actualmente, dijo el legislador, no existen estos lineamientos por lo que existe un vacío que dificulta la labor de los diputados para supervisar, colaborar y ser un contrapeso al Ejecutivo.

En un comunicado, el panista recordó que el plan nacional de desarrollo presentado por el presidente López Obrador “es un folleto de propaganda, en el que su revisión en Cámara de Diputados fue un trámite, sin análisis, ni apertura”.

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“El desarrollo nacional no compete únicamente a un solo actor, es momento de trabajar unidos en la construcción de una sociedad participativa, que pueda opinar, aportar ideas y exigir cuentas a sus gobiernos”, apuntó Ramírez Barba.

Agregó que, a casi seis años del proyecto presentado por el actual mandatario, quedó claro que el documento, que en su momento se aprobó en San Lázaro, carece de un diagnóstico preciso, no ofrece datos estadísticos suficientes, ni oportunos, ni análisis que ayuden a la toma de decisiones.

Tampoco, continuó, se mencionan herramientas concretas de política pública para lograr los objetivos planteados, “sino que se trata de una declaración de principios ideológicos con una visión al pasado”.

Este plan no sufrió el cambio de una sola palabra, a pesar de los múltiples errores y áreas de oportunidad que fueran señalados por académicos, sociedad civil, el sector privado, los expertos e incluso los mismos servidores públicos y legisladores, lamentó el legislador, y esto es debido a que la ley no contempla que los diputados puedan hacer modificaciones al Plan Nacional, solamente una ratificación.

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Entre las modificaciones propuestas por el panista figuran que a los cambios que propongan los diputados, la persona titular del Ejecutivo deberá adecuar el Plan y nuevamente remitirlo a los legisladores para su aprobación en un plazo máximo de treinta días naturales.

Se establece que las comisiones de la Cámara de Diputados deberán entregar, anualmente y por escrito, sus observaciones y propuestas derivadas de la implementación del Plan, a más tardar en el último día de marzo del año siguiente.

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados estará encargada de emitir la reglamentación correspondiente para la discusión en el Pleno, en lo general y en lo particular, del proyecto del Plan Nacional de Desarrollo.

Además, la Comisión de Hacienda y Crédito Público será quien encabece las labores de análisis y dictamen correspondientes, pues en el ámbito del gobierno federal, estas atribuciones le están conferidas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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Se facultará a las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados para opinar respecto del proyecto del Plan Nacional de Desarrollo, a efecto de que sus comentarios y propuestas sean incorporados al dictamen final que realice la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

La Comisión de Hacienda y Crédito Público, con las opiniones de las comisiones ordinarias incorporadas, aprobará el dictamen del Plan Nacional de Desarrollo y lo remitirá a la Mesa Directiva para su votación en el Pleno.

Y finalmente, el dictamen deberá ser aprobado en lo general y en lo particular de acuerdo con las reglas que apruebe la Mesa Directiva, tomando en cuenta los principios de representatividad e inclusión de los grupos parlamentarios y los legisladores sin partido.

LEO

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