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La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó el reconocimiento legal del poliamor, es decir, la inclusión de más de dos personas en un matrimonio o concubinato.

Durante la sesión de este miércoles, por mayoría de votos se avaló el proyecto de sentencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo que negó un amparo a un ciudadano de Puebla que buscaba unirse en matrimonio con dos mujeres.

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En marzo de 2021, un juez federal amparó al ciudadano para que pudiera casarse con las dos personas, en ejercicio de su libre personalidad.

Las autoridades de Puebla impugnaron la resolución y el ciudadano promovió un amparo para buscar que se le reconociera su relación poliamorosa.

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El asunto llegó a la Primera Sala de la Suprema Corte, la que hoy resolvió el asunto y negó el amparo al ciudadano para que prevalezca el matrimonio monógamo, como lo marcan las leyes poblanas.

Uno de los contenidos de la sentencia señala que las relaciones poliamorosas no tienen gran auge en el país y, en caso de que esa figura aumente, los congresos locales son los encargados de analizar el tema y regular su inclusión en las leyes.

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