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Hacienda refinancia 47 mil 487 millones de pesos Alcalde llama a morenistas a afiliar “casa por casa”

¿Se acuerdan cuando nos mandaban un “vipazo”?

Camino al Gólgota.- Una de las dudas que le quita el sueño a los vacacionistas es si los pueden correr por no contestarle al jefe estos días mientras retozan en algún destino turístico, o simplemente, si están descansando en su casa.

Y es que durante “Semana Santa” o “Semana Mayor” (laicos dixit), millones de trabajadores tienen vacaciones, de ahí que las playas estén lo que sigue de llenas.

Te explicamos qué hacer si te hablan del trabajo y no sabes si contestar o no

Pero ¿qué pasa si te buscan de tu trabajo y tú estás preocupado del vato que venden los clamatos? Ah, pues es una duda que ha mortificado a todas las personas desde que existe el celular (y antes, el viper).

Aquí la fatídica duda va en el sentido de “¿me pueden correr?”, y para eso habrá que contestarnos si las vacaciones en tu empresa eran “oficiales”, la autorizó recursos humanos o no se habló nada y nomás arrancaste con tu coche.

Aquí recibiendo una llamada de la empresa explicándome que si debía haber ido al trabajo porque Semana Santa no es por Ley pic.twitter.com/JwxlekCpbU

— Godínez Regios (@GodinezRegios) April 2, 2021

El problema radica en que la Ley Federal del Trabajo es muy escueta en lo referente al período vacacional, pues solo habla en el capítulo IV lo referente a los días a que se tienen derecho según los años que se lleve trabajando.

De igual forma en el artículo 330-E inciso V se reconoce el “derecho a la desconexión”, pero solo en el caso de los trabajos a distancia, artículo que fue recientemente reformado, pero que solo mencionó esa modalidad de trabajo.

El derecho al #descanso y las #vacaciones son esenciales para el bienestar físico y mental de las y los trabajadores y son reconocidos en los artículos 69 y 76 de la Ley Federal del Trabajo #TrabajoEnLaCiudad #JusticiaLaboral pic.twitter.com/8BM1pW2LaT

— YANELI CEDILLO (@Yaneli_Cedillo) March 26, 2024

Peeeeeero, existe una Norma Oficial Mexicano, referente a las “Condiciones de seguridad y salud en el trabajo” que define la “desconexión” como “el derecho de un trabajador a apartarse del trabajo y abstenerse de participar en cualquier tipo de comunicación con el centro de trabajo al término de la jornada laboral, en los horarios no laborables, vacaciones, permisos y licencias”, misma que podría ser invocada en caso de que te corran por no contestarle a tu jefe si te agararron rezando el Rosario o viendo como el cielo se nubló a las 3 de la tarde.

Entonces, no, no pueden despedirte por no contestar un mensaje de tu jefe, aunque sí era una cosa urgente que se resolvía contestando la llamada, pues difícilmente vas a poder pedir “permisos” en junio cuando no haya “puentes” ni tengas días de vacaciones ni nada. ¿Cómo decían? Ah, sí: “El karma es un gato”.

 

Hablando de cosas vitales: subastaron la tabla con la que sobrevivió “Rose” en Titanica y ni te imaginas cuánto costó.

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