El Instituto Nacional Electoral se negó a que se prohíba la transmisión de La Hora Nacional tras ser solicitado por los diputados panistas.
Después de que un grupo de diputados panistas solicitaran que se prohibiera la transmisión de La Hora Nacional el Instituto Nacional Electoral (INE) se negó a aceptar esta propuesta.
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Lo anterior después de que los diputados Federico Doring y Luis Alberto Mendoza consideraran que construiría una restricción a la libertad de expresión.
Durante la sesión de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, se declaró que la medida cautelar solicitada por los panistas era improcedente, quienes pidieron que se prohibiera a los concesionarios de radio y televisión la transmisión de este programa.
Esto ante el posible riesgo de que sus conductores nuevamente realicen algunas manifestaciones posiblemente ilegales a favor de la candidata presidencial Claudia Sheinbaum, de Morena.
Es por ello que por unanimidad, los consejeros integrantes de la comisión, Rita Bell López, Arturo Castillo y Claudia Zavala votaron en contra de esta medida cautelar.
“Ello constituiría una restricción desproporcionada a la libertad de expresión, máxime que bajo la apariencia de buen derecho no se considera intrínsicamente ilegal, siempre que se respeten los principios constitucionales que se aducen transgredidos y se respeten los límites constitucionales y legales previstos en la propaganda gubernamental, considerando que se encuentra en curso la etapa de campañas en el presente proceso electoral”,según el proyecto aprobado.
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Asimismo con relación a las medidas cautelares solicitadas, después de que Doring y Mendoza acusaran que los conductores Javier Ramírez y Leonora Milán hicieran algunas declaraciones presuntamente positivas para posicionar a Claudia Sheinbaum, la Comisión declaró improcedente esta situación.
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“Se propone declarar improcedente el dictado de medidas cautelares respecto a la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematorgrafía y al Instituto Politécnico Nacional, así como por cuanto hace a Javier Ramírez Gómez y Leonora Milón, puesto que al respecto existe pronunciamiento firme de esta comisión de 28 de febrero, en el acuerdo ACQyD-INE-77/2024. confirmada por la Sala Superior, al resolver el SUP-REP-195/2024, por los efectos que se solicitan en la presente queja”, concluyó el proyecto.
De igual manera se les pidió a los conductores que participen en la producción y locución del programa a que apeguen su actuar con principios de imparcialidad y neutralidad.
KA