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Al señalar que han sido insuficientes los descuentos y convenios de regulación de adeudos y cuotas con las dependencias y entidades de los municipios y/o entidades federativas; considerando un plazo máximo a cubrir dichos pagos por 20 años, el Ejecutivo Federal, consideró necesario ampliar los descuentos, a efecto de incentivar que las entidades federativas, los municipios, así como sus dependencias y entidades estén en posibilidad de regularizar sus adeudos.

De esta manera, propuso modificar un artículo Transitorio a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), a fin de establecer que “por única ocasión y dentro del ejercicio fiscal vigente, el Instituto pueda reducir el total de actualizaciones y recargos derivados de los adeudos por concepto de cuotas y aportaciones no enteradas al Instituto que se mantengan registrados al cierre del ejercicio 2023”.

Con excepción de aquellos que correspondan al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez en favor del trabajador; sin perjuicio de beneficios que en el ejercicio fiscal de 2024 se contemplen en otras leyes.

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De esa manera, se dispone que aquellos conceptos que se liquiden por los deudores, “se destinen al Fondo de Pensiones para el Bienestar, a efecto de que sea una más de las fuentes que habrán de contribuir a que se cuente con los recursos, que en su oportunidad habrán de beneficiar a un gran número de mexicanos, gozando de una pensión justa que le permita tener una mayor calidad de vida”.

LEO

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